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Eva Ventín |
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Foto: Kike corbacho |
El mobbing es la lacra de las sociedades de nuestro tiempo. Un
fenómeno que produce unos efectos devastadores en la salud tanto
física como síquica del trabajador o trabajadora que lo padece.
El mobbing viene de
la mano de la falta de valores éticos que tienen su reflejo en el
mercado laboral en la falta de solidaridad o compañerismo entre los
propios trabajadores y en la existencia de empresas con prácticas
poco honrosas.
Frente a esta falta de valores la sociedad por el contrario, valora
la violencia como un instrumento más para conseguir nuestras metas.
Conseguir el éxito, el prestigio personal y profesional sin pararnos
a revisar que conductas son tolerables y cuales no para conseguir
tal objetivo.
La Presión Laboral Tendenciosa conculca los derechos
fundamentales de la persona como el derecho a la dignidad, el
derecho a la integridad física y moral, el derecho al honor, a la
intimidad personal y familiar y a la propia imagen, reconocidos en
la Constitución Española del 78, además de otros derechos
reconocidos en el Estatuto de los Trabajadores o en la Ley de
Prevención de Riesgos Laborales.
¿Legislar, tipificar cómo delito..?
Este es el eterno debate.
En nuestro ordenamiento
jurídico existen instrumentos para afrontar este problema.
Algunos de ellos ya los
mencionamos más arriba.
La Presión Laboral Tendenciosa, supone un trato degradante y
vejatorio contra lo trabajador o trabajadora y esto está tipificado
en el código penal como delito en su Art. 173 y 175, en este último
aplicado en el caso de los funcionarios.
Además el derecho penal no previene, no ataca a las raíces del
problema sólo ataca a las ramas.
El Derecho Penal solamente
ataca a las manifestaciones, a las consecuencias del delito, es
decir cuando el daño ya está hecho.
En las últimas jornadas contra lo Mobbing organizadas en la ciudad
de Ferrol, un cargo de la administración pública justificaba la
pasividad de las Autoridades Laborales en la intervención del acoso
por la inexistencia de Leyes específicas.
La Presión Laboral
Tendenciosa existe independientemente de que esté legislada o
no.
¿Que se nos quiere transmitir a las víctimas de ayer, de hoy
y del futuro de la violencia laboral, que somos inevitables y
que no nos queda otra que padecer sus consecuencias síquicas y
físicas devastadoras?
Esta afirmación, por parte de la Administración Gallega resulta
triste, máxime cuando parten de los Políticos que tienen potestad en
esta materia:
Primero: Porque para las víctimas supone la indefensión más
absoluta, supone la carta blanca para aquellas empresas que suelen
practicar el mobbing dentro de su organización y que su crimen, como
dice Leymann, quede impune.
Segundo: Porque parece que esta puede ser un mensaje interesado
habida cuenta de la situación del mobbing en la Administración
Pública que se encuentra en el primero puesto en cuanto a
sectores más afectados.
Que existan leyes específicas no significa que con eso se vaya
erradicar el problema.
A modo de ejemplo es la
ley contra la violencia de género un articulado hecho con muchas
prisas, en el que en su elaboración no se contó con las afectadas y,
con tintes de propaganda política, que ni mucho menos consiguió
erradicar las muertes violentas de las mujeres.
Máxima cautela en esta legislación que cómo otras tantas, las carga
el diablo. Además hay que destacar que en el país del Lazarillo de
Tormes hay cierta inclinación a infringir la Ley y que no pase nada.
Este trato vejatorio y degradante además de anticonstitucional,
consigue dentro de la Administración Pública cuotas altísimas, hecho
que se agrava al ser Ella el sujeto activo, es decir quien lo
practica.
Por cierto, el colectivo
de enseñantes es uno de los más afectados.
Para erradicar la violencia laboral es preciso que todos pongamos
de nuestra mano:
Tomar conciencia del
problema y y de que cualquiera de nosotros somos potenciales
víctimas porque no es una cuestión de género, ni de raza, ni de
creencias, ni de opción sexual.
Debemos revisar nuestras conductas y rechazar todas aquellas
que no soy tolerables y que incitan a cometer el delito.
Y por parte de las Autoridades Políticas debe haber voluntad,
voluntad para vigilar y exigir que se apliquen medidas
preventivas es decir, que se cumpla la ley de Prevención de
Riesgos Laborales, instrumento valiosísimo que incluye en su
ámbito de aplicación a la Administración Pública que por otra parte
debe convertirse en un ejemplo en el que se refleje el resto de la
sociedad.
Eva Ventín
Lorenzo
Despacho laboralista Eva Ventín
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