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Las empleadas del hogar y la violencia laboral.

 

Eva Ventin Lorenzo. La violencia sicológica laboral en las empleadas del hogar.

Eva Ventín

 

 


Todas las políticas dirigidas a la elaboración de normativas encaminadas a promover igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres y eliminar discriminaciones económicas (retributivas en el campo del mercado laboral), sociales, culturales y artísticas, discriminaciones retributivas, en el campo del mercado laboral se han olvidado del colectivo de las empleadas domésticas.

Esto es difícil de entender y toda vez que se trata de un trabajo femenino (en España y según la EPA 95.60 % es desarrollado por mujeres) .

Quizás esta consideración sea el punto de partida: No se considera como Relación Laboral el trabajo desempeñado por las empleadas del hogar y se mantiene por lo tanto esa falta de consideración política y social de todo aquel que se realice dentro del ámbito doméstico, de ahí nuestra infravaloración histórica, a pesar de ser un trabajo, en el caso que nos ocupa, remunerado.

Somos las mujeres una vez más las grandes olvidadas de la historia social y económica de este país.

Nadie tiene en cuenta que el trabajo doméstico va a ser la esfera donde más desigualdades y discriminación laboral se produce entre trabajadores y trabajadoras pues en este caso, a las desigualdades de género hay que añadirle desigualdades intragénero:

La empleadora con recursos económicos suficientes y que de por sí sufrirá en el mercado laboral discriminación por cuestión de género, contratará a otra mujer de escasos recursos económicos para la realización de un trabajo que se va a realizar en la mayor de las precariedades:

Es un trabajo inseguro donde su continuidad depende de la continuidad de la empleadora en el mercado laboral.

¿Que sucede cuando ésta, por cuestiones de género es obligada a abandonar el puesto de trabajo?

Pues, la mayoría de las veces retomará sus actividades domésticas por lo que se prescindirá de los servicios de la empleada del hogar. Ante una reducción de ingresos se hace necesario reducir los gastos, ahora, no necesarios

 Es un trabajo que se da en el ámbito de lo privado lo que propicia su clandestinidad y por lo tanto no hay formas, de momento, de control.

Hay una realidad material: una prestación de servicios por cuenta ajena para la que no existe en la mayoría de las ocasiones una realidad formal: No existe contrato de trabajo.

No hay posibilidad de revisión del despido. Por lo tanto, será imposible un despido improcedente o nulo y en todo caso la indemnización correspondiente es mínima.

 Las retribuciones son muy bajas

 La protección social es reducidísima.

 Los horarios son variables, las jornadas laborales pueden exceder, con mucho, los máximos establecidos para otras relaciones laborales...

 Están expuestas a riesgos, accidentes laborales y enfermedades profesionales (trabajan muchas veces con productos tóxicos, están expuestas a riesgos psicosociales...) para ellas no es aplicable la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

Con la ausencia de políticas laborales específicas se oficializará su precariedad y por lo tanto serán imposibles la deseada igualdad ante la ley y el espíritu de potenciar el valor del trabajo doméstico.

Teniendo en cuenta que como ya dijimos es un trabajo mayoritariamente femenino, la regulación legal hoy por hoy, de las empleadas del hogar es sinónimo de discriminación indirecta por razón de género.


LA VIOLENCIA LABORAL EN LAS EMPLEADAS DEL HOGAR.

Las empleadas del hogar son el colectivo de trabajadoras más expuestas a este riesgo psicosocial

Hay que pensar que la violencia psicológica, se da siempre en la intimidad y es precisamente el hogar en el que trabaja, el escenario en el que se da mejor que en ningún otro espacio, esa circunstancia.

En la privacidad de lo doméstico se pueden producir los mayores ataques a la dignidad de la trabajadora:

Muchas veces están sometidas a controles como su vigilancia con cámaras de video para saber como desarrollan su trabajo, están sometidas a diversas técnicas para probar su honradez, como dejar dinero en lugares estratégicos, y por supuesto, están expuestas a un trato personal de la empleadora o empleador que en algunas ocasiones puede ser humillante, despótico o despectivo.

Si tenemos en cuenta que el acoso laboral o el acoso sexual, es difícil demostrar en todo tipo de relación contractual, en este caso es rotundamente imposible y esto porque, ya de entrada, no existen para ellas mecanismos sociales (sindicatos..) ni legales de denuncia.

¿Qué sucede cuando este trabajo es desarrollado por mujeres inmigrantes, colectivo a su vez que más padece acoso? Y el que más sometido está a sobreexplotación.

El trabajo doméstico es para muchas de ellas el único trabajo al que tienen acceso y por lo tanto el que les permitirá una ocupación que al mismo tiempo posibilitará regularizar su situación en el país de acogida. Por lo tanto serán presa fácil del abuso.

Hoy y después de largos años (casi tantos como la historia de la humanidad) embarcadas en contra de las injusticias, de la desigualdad antinatural entre hombres y mujeres para poder tener acceso al ámbito de lo económico y social, podemos optar en gran medida a puestos de poder y de responsabilidad política con capacidad decisoria por lo tanto no es justo que permitamos la discriminación entre nosotras.

No podemos olvidar que el trabajo doméstico es necesario para que otras puedan desempeñar el trabajo en la industria, en el sector servicios, en la enseñanza, como empresarias, en el ministerio, en el congreso y en el senado.

 .... Se hace preciso, y habida cuenta de nuestra historia, aprender a ser COMPAÑERAS. Es de justicia.


 

EVA VENTÍN LORENZO
Despacho laboralista Eva Ventín


 

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